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Acceso

Toda la información oficial relativa a criterios de acceso y fechas de matricula se encuentra en la página del Centro Internacional de Postgrado.

Criterios de admisión

Cualquier persona que tenga un título universitario oficial español, o bien un título expedido por una institución de enseñanza superior del EEES que faculte en el país expedidor del título para acceder a enseñanzas oficiales de Máster. Asimismo también podrán cursar este máster alumnos con un título extranjero (externo al EESS) homologado, o sin homologar siempre que el nivel de formación sea equivalente a los títulos de grado y que faculte en el país expedidor para acceder a enseñanzas oficiales de Máster

Titulaciones de acceso directo

Tendrán acceso directo al Máster Universitario en Ingeniería Web por la Universidad de Oviedo los estudiantes que acrediten poseer una de las siguientes titulaciones:

  • Grado en Ingeniería Informática, o grados con otras denominaciones, vinculados al ejercicio de la profesión de ingeniero técnico en informática, y cuyas competencias se ajusten a lo establecido en el apartado 5 del Anexo II de la Resolución 12977/2009 de la Secretaría General de Universidades (BOE 4-agosto-2009).
  • Ingeniero/Licenciado en Informática, Ingeniero Técnico en Informática de Gestión, Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas y Diplomado en Informática
  • Títulos equivalentes a los anteriores expedidos por instituciones superiores del EEES
  • Títulos equivalentes a los anteriores, obtenidos en sistemas educativos ajenos al EEES sin necesidad de la homologación de sus títulos, previa comprobación por la Universidad de que aquellos acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de postgrado (de acuerdo con el Real Decreto 1393/2007)
  • Titulaciones del EEES o de sistemas educativos ajenos al EEES, que tengan reconocido el Euro-Inf Quality Label otorgado por European Quality Assurance Network for Informatics Education (EQANIE).

Titulaciones de acceso con complementos formativos previos

La Comisión Académica del Máster será la responsable de establecer los complementos formativos previos que deberá acreditar cada alumno solicitante proveniente de una de las siguientes titulaciones.

  • Otras titulaciones de la Rama de Ingeniería y Arquitectura.
  • Titulaciones de la Rama de Ciencias.

Deberán acreditar haber adquirido las competencias del módulo de formación básica y el módulo común de la rama. La Comisión Académica establecerá los complementos formativos concretos que deberá acreditar el solicitante según cada caso, en función de la titulación de origen que garanticen las competencias requeridas Estas competencias se podrán adquirir mediante asignaturas obligatorias del Grado en Ingeniería Informática del Software de la Universidad de Oviedo. La relación de asignaturas para obtener estos complementos formativos es la siguiente: Comunicación Persona-Máquina, Tecnología y paradigmas de programación, Bases de Datos, Repositorios de Información, Diseño de lenguajes de programación y Diseño de software (http://www.boe.es/boe/dias/2011/07/11/pdfs/BOE-A-2011-11934.pdf).

De conformidad con el apartado 5 del Anexo I de la Resolución 12977/2009 de 8 de junio de 2009 y sin perjuicio de la necesidad de que estos alumnos cursen los complementos formativos previos determinados por la Comisión Académica del Máster, los alumnos deben contar con al menos, 300 créditos ECTS de duración total de la formación de Grado y Máster para la obtención del título de Máster en Ingeniería Web

Los complementos formativos serán determinados por la Comisión Académica del Máster en función del estudiante,

Baremo

Se asignará hasta 4 puntos por expediente académico y hasta 3 puntos por experiencia y conocimientos de Informática, valorados por la Comisión Académica del Máster, y teniendo en cuenta los siguientes criterios:

  • 3 puntos máximo a los titulados universitarios en Ingeniería Informática, Ingeniería Técnica en Informática, graduados en Ingeniería Informática o graduados con otras denominaciones, vinculados al ejercicio de la profesión de ingeniero técnico en informática, y cuyas competencias se ajusten a la Resolución 12977/2009.
  • 2 puntos máximo a los titulados universitarios en Ingeniería de Telecomunicación, Ingeniería Técnica de Telecomunicación, graduados en Ingeniería Telemática, o graduados con otras denominaciones, vinculados al ejercicio profesional de ingeniero técnico en telecomunicación, según lo establecido en la Orden Ministerial CIN/352/2009.
  • 1 punto máximo para otras titulaciones con experiencia o formación en Informática.